Es muy frecuente que el banco condicionara la hipoteca a contratar un seguro de vida, un seguro de hogar con su aseguradora o varios productos más, a veces con una prima única de miles de euros financiada dentro del propio préstamo. Según cómo se impusieron, estas vinculaciones pueden ser contrarias a la ley o abusivas.

¿Qué puede exigir el banco y qué no?
Lo que dice la Ley de Contratos de Crédito Inmobiliario
Desde junio de 2019 la ley prohíbe las ventas vinculadas: el banco no puede obligar a contratar otros productos para conceder la hipoteca, salvo un seguro de daños sobre la vivienda y, en su caso, un seguro de vida o de amortización, que el cliente puede contratar con cualquier aseguradora sin que el banco pueda empeorarle las condiciones por ello.
Las ventas combinadas
El banco sí puede ofrecer mejores condiciones a cambio de contratar sus productos, siempre que informe también de la oferta sin ellos y de lo que cuesta cada uno.
Hipotecas anteriores a 2019
No existía esa prohibición expresa, pero la imposición de seguros sin información clara de su coste y de su carácter opcional puede ser abusiva conforme a la normativa de consumidores.
¿Qué seguros vinculados se reclaman?
Seguros de vida a prima única financiada
Primas de varios miles de euros que se sumaron al capital del préstamo y por las que, además, se pagan intereses durante toda la vida de la hipoteca. Numerosas Audiencias Provinciales han declarado abusiva su imposición cuando no se explicó su coste real ni su carácter voluntario.
Seguros de hogar sobrevalorados
Seguros de daños contratados obligatoriamente con la aseguradora del banco por importes muy superiores al valor de reconstrucción exigible.
Otros productos vinculados
Planes de pensiones, tarjetas o seguros de protección de pagos exigidos como condición de la hipoteca.
¿Qué se puede obtener?
Devolución de primas
Si la vinculación se declara abusiva, puede reclamarse la devolución de las primas pagadas, con los intereses del préstamo que se aplicaron sobre la prima financiada.
Liberarse del seguro
Contratar el seguro con otra aseguradora a mejor precio sin perder las condiciones de la hipoteca, cuando la ley lo permite.
Estudio caso por caso
Esta materia depende mucho de la fecha de la hipoteca, de la documentación y de la jurisprudencia de cada Audiencia; por eso revisamos cada caso individualmente. Vea todas las cláusulas reclamables.
Preguntas frecuentes sobre los seguros vinculados
¿Puede el banco obligarme a contratar su seguro de hogar?
Puede exigir un seguro de daños sobre la vivienda, pero no que sea el suyo: desde 2019 tiene derecho a contratarlo con cualquier aseguradora sin que le empeoren las condiciones.
¿Qué es una prima única financiada?
Un seguro de vida pagado de una vez al firmar, cuyo importe se añadió al capital de la hipoteca, de modo que paga intereses por él durante años.
¿Puedo recuperar lo pagado por un seguro impuesto?
En muchos casos sí, si se acredita que se impuso sin información sobre su coste y su carácter opcional. Depende de la documentación y de la jurisprudencia aplicable.
¿Puedo cancelar el seguro de vida vinculado a la hipoteca?
Hay que revisar la escritura y la póliza: en hipotecas anteriores a 2019 la cancelación puede estar condicionada; en las posteriores, puede cambiar de aseguradora.
Más información sobre cláusulas abusivas y gastos de hipoteca
- Cláusulas abusivas en la hipoteca
- Comisión de apertura
- Reclamación de gastos de hipoteca
- Comisión de amortización anticipada
Consulte su caso con un abogado especialista
Si le impusieron seguros u otros productos con la hipoteca, revisamos la escritura y las pólizas y le decimos qué puede reclamar. La primera consulta se celebra en nuestro despacho de Toledo (calle Trinitarios, 25) y tiene un coste fijo que se descuenta de los honorarios si nos encarga el asunto; por teléfono le orientamos sobre plazos y documentación. Llámenos al 925 222 966, escríbanos por WhatsApp 687 960 703 o pida cita en nuestra página de contacto.